
Sobre la asociación de SCRAP
¿Quién es la Asociación SUN REPACK?
La Asociación SUN REPACK es un Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) de envases y residuos de envases domésticos, comerciales e industriales, constituido con el compromiso y el apoyo de las empresas consideradas como “productor del producto” conforme el Real Decreto 1055/2022 de 27 de diciembre de envases y residuos de envases, y la Ley 7/2022 de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular, y de este modo, dar cumplimiento a la responsabilidad ampliada del productor a la hora gestionar y dar un tratamiento adecuado a los residuos de envases generados una vez puestos en el mercado.
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Gestión de Residuos Gratuita
La gestión de residuos gratuita permite la recolección y reciclaje sin coste, reduciendo el impacto ambiental y fomentando la sostenibilidad a través de puntos limpios y recogidas programadas.
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Gestión de envases profesional
Por qué trabajar con una asociación SCRAP de envases
1
Gestión de Envases y Residuos de Envases
Ofrecemos un servicio integral para garantizar la correcta gestión de los Envases y Residuos de Envases.

2
Nuestro Equipo
Disponemos un equipo altamente cualificado y especializado en el sector para poder garantizarte el mejor servicio.
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Nuestra Garantía
Garantizamos el mejor servicio y el cumplimiento de la garantía vigente con los certificados para la calidad, medio ambiente y prevención de RRLL.
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Asesoramiento Profesional
Nuestros expertos están a tu disposición para asesorarte en cada momento y resolver todas tus dudas.
Atención personalizada
Somos tu scrap amigo
Gestión de inscripción sin preocupaciones
Realizamos la inscripción en el Registro de Productores de Producto de Envases y Residuos de Envases por ti.
Análisis y optimización de ecodiseño
Estudio de productos personalizado: revisamos el catálogo de productos de envases, se analiza el ecodiseño de los envases en colaboración con centros tecnológicos con los que tenemos acuerdos de colaboración para aplicar la modulación sobre los envases (tarifas competitivas)
Reportes de envases simplificados
Reportamos los datos sobre los envases introducidos en el mercado español a través de las comunicaciones o declaraciones por ti.
Asesoría experta en RAP
Resolvemos cuestiones y consultas medioambientales sobre la RAP
15 años de experiencia a tu servicio
Equipo con gran experiencia: gran equipo humano y técnico con más de 15 años de experiencia en los envases.
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Noticias
Novedades sobre SCRAP de envases
Real Decreto 1055/2022
Preguntas frecuentes sobre la tasa de envases
¿Quién debe registrarse en el Registro de Productores?
Todos los agentes económicos, siendo estos:
- Los fabricantes e importadores, o adquirientes en otros Estados miembros de la Unión Europea, de materias primas para la fabricación de envases.
- Los fabricantes de envases, las empresas transformadoras, y los comerciantes o distribuidores de envases.
- Los envasadores, los importadores o adquirientes en otros Estados miembros de la Unión Europea de productos envasados, y los comerciantes o distribuidores de productos envasados.
- Los gestores de residuos de envases.
- Los consumidores y usuarios.
- Las administraciones públicas señaladas en el artículo 2.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
¿Quién es productor de producto?
Los envasadores o los agentes económicos dedicados a la importación o adquisición en otros Estados miembros de la Unión Europea de productos envasados para su puesta en el mercado.
Cuando, en los productos envasados puestos en el mercado mediante marcas de distribución, no se identifique al productor de producto, ejercerá como tal el titular de la marca de distribución con sede en España bajo la cual se comercialice el producto.
De igual forma, en el caso de aquellos productos envasados por encargo de un tercero que actúa como responsable de su puesta en el mercado, ejercerá este último como productor de producto.
Cuando, en los productos envasados puestos en el mercado mediante marcas de distribución, no se identifique al productor de producto, ejercerá como tal el titular de la marca de distribución con sede en España bajo la cual se comercialice el producto.
De igual forma, en el caso de aquellos productos envasados por encargo de un tercero que actúa como responsable de su puesta en el mercado, ejercerá este último como productor de producto.
¿Cómo registrar una empresa de la UE o de terceros paises?
Para los casos en los que los productores de producto tengan su sede social en otro Estado miembro de la UE o en un tercer país fuera de la UE, estas personas jurídicas deberán realizar los siguientes pasos:
1. Obtener un NIF (Número de Identificación Fiscal) español.
Para el caso de persona jurídica extranjera este NIF comienza por la letra N y se debe solicitar en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) a través de un representante con un NIF o NIE español. Para más información buscar “Identificación de empresarios no establecidos” en la AEAT: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/noresidentes/iva-empresarios-profesionales-no-establecidos/identificacionempresarios-no-establecidos.html.
2. Obtener un certificado digital con el NIF obtenido en el paso anterior.
El certificado digital para personas jurídicas (certificado de representante) puede obtenerlo a través de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre: https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/certificado-de-representante/personajuridica.
1. Obtener un NIF (Número de Identificación Fiscal) español.
Para el caso de persona jurídica extranjera este NIF comienza por la letra N y se debe solicitar en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) a través de un representante con un NIF o NIE español. Para más información buscar “Identificación de empresarios no establecidos” en la AEAT: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/noresidentes/iva-empresarios-profesionales-no-establecidos/identificacionempresarios-no-establecidos.html.
2. Obtener un certificado digital con el NIF obtenido en el paso anterior.
El certificado digital para personas jurídicas (certificado de representante) puede obtenerlo a través de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre: https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/certificado-de-representante/personajuridica.
¿Qué pasa con las plataformas de comercio electrónico?
Cuando a través de las plataformas de comercio electrónico se introduzcan en el mercado productos envasados procedentes de fuera de España y el productor no haya designado representante autorizado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2, dicha plataforma actuará, subsidiariamente, como productor de producto a efectos de las obligaciones financieras y de información, así como organizativas cuando proceda, reguladas en este real decreto, respecto de esos envases.
¿En qué consiste el SCRAP de envases?
Las siglas SCRAP significan "Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor". Este sistema es una estrategia que busca promover la responsabilidad de los productores en la gestión de los residuos generados por sus productos, incluyendo los envases.
El SCRAP se basa en el principio de que los productores deben asumir la responsabilidad de los residuos que generan, desde su producción hasta su disposición final. Esto implica que los productores deben establecer mecanismos para la recolección, el reciclaje y la correcta gestión de los envases una vez que los consumidores los descarten.
Dentro del SCRAP, los productores o fabricantes deben implementar sistemas de recolección selectiva de envases, ya sea a través de programas propios o en colaboración con entidades especializadas. Además, deben garantizar que los envases recolectados sean gestionados adecuadamente, ya sea a través del reciclaje, la reutilización u otros procesos que minimicen su impacto ambiental.
El objetivo principal del SCRAP es fomentar la economía circular y reducir la cantidad de residuos generados por los envases, promoviendo su reciclaje y reutilización. Al hacer que los productores asuman la responsabilidad de la gestión de los envases, se busca incentivar la innovación en el diseño de productos más sostenibles y el desarrollo de sistemas eficientes de gestión de residuos.
Es importante destacar que el término SCRAP puede tener otros significados en diferentes contextos, pero en el ámbito de la gestión de envases, se refiere al "Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor.
El SCRAP se basa en el principio de que los productores deben asumir la responsabilidad de los residuos que generan, desde su producción hasta su disposición final. Esto implica que los productores deben establecer mecanismos para la recolección, el reciclaje y la correcta gestión de los envases una vez que los consumidores los descarten.
Dentro del SCRAP, los productores o fabricantes deben implementar sistemas de recolección selectiva de envases, ya sea a través de programas propios o en colaboración con entidades especializadas. Además, deben garantizar que los envases recolectados sean gestionados adecuadamente, ya sea a través del reciclaje, la reutilización u otros procesos que minimicen su impacto ambiental.
El objetivo principal del SCRAP es fomentar la economía circular y reducir la cantidad de residuos generados por los envases, promoviendo su reciclaje y reutilización. Al hacer que los productores asuman la responsabilidad de la gestión de los envases, se busca incentivar la innovación en el diseño de productos más sostenibles y el desarrollo de sistemas eficientes de gestión de residuos.
Es importante destacar que el término SCRAP puede tener otros significados en diferentes contextos, pero en el ámbito de la gestión de envases, se refiere al "Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor.
¿Cuál es la diferencia entre el impuesto del plástico no reutilizable y el Registro de Productores de Producto?
Aclarar que el impuesto sobre el plástico no reutilizable no es lo mismo que el Registro de Productores de Producto de Envases.
Este impuesto solo aplica a los envases de plástico que tengan la condición de no reutilizable, indistintamente de su procedencia (importación o adquisición intracomunitaria) que se introduzcan en España y por tanto deberá de abonarse el tributo de acuerdo con el peso del plástico que acompañe al producto así como también se deberán presentar el modelo 592 y A22 ante el Ministerio de Hacienda. Este impuesto entró en vigor el 1 de enero de 2023 y se regula en la Ley 7/2022 de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (artículos 67 a 83).
Por otra parte, está el Registro de Productores de Producto en el que deberán inscribirse y contribuir mediante el pago de una tasa de reciclaje aquellas entidades que introduzcan un envase (plástico (reutilizable o no), papel/cartón, madera, metales…) en España. Mediante el pago de esta tasa al SCRAP, el mismo financiará los costes de la gestión de los residuos de envases. A partir del 1 de enero de 2025 entra en vigor la obligatoriedad de inscripción en el registro de las empresas que pongan en el mercado envases comerciales e industriales, además de los domésticos en los que ya era de aplicación previa a la publicación del Real Decreto de envases.
Para cualquier otra duda, no dudéis en contactar con nosotros.
Este impuesto solo aplica a los envases de plástico que tengan la condición de no reutilizable, indistintamente de su procedencia (importación o adquisición intracomunitaria) que se introduzcan en España y por tanto deberá de abonarse el tributo de acuerdo con el peso del plástico que acompañe al producto así como también se deberán presentar el modelo 592 y A22 ante el Ministerio de Hacienda. Este impuesto entró en vigor el 1 de enero de 2023 y se regula en la Ley 7/2022 de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (artículos 67 a 83).
Por otra parte, está el Registro de Productores de Producto en el que deberán inscribirse y contribuir mediante el pago de una tasa de reciclaje aquellas entidades que introduzcan un envase (plástico (reutilizable o no), papel/cartón, madera, metales…) en España. Mediante el pago de esta tasa al SCRAP, el mismo financiará los costes de la gestión de los residuos de envases. A partir del 1 de enero de 2025 entra en vigor la obligatoriedad de inscripción en el registro de las empresas que pongan en el mercado envases comerciales e industriales, además de los domésticos en los que ya era de aplicación previa a la publicación del Real Decreto de envases.
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