Real Decreto 1055/2022
Preguntas frecuentes sobre la tasa de envases
¿Quién debe registrarse en el Registro de Productores?
Todos los agentes económicos, siendo estos:
- Los fabricantes e importadores, o adquirientes en otros Estados miembros de la Unión Europea, de materias primas para la fabricación de envases.
- Los fabricantes de envases, las empresas transformadoras, y los comerciantes o distribuidores de envases.
- Los envasadores, los importadores o adquirientes en otros Estados miembros de la Unión Europea de productos envasados, y los comerciantes o distribuidores de productos envasados.
- Los gestores de residuos de envases.
- Los consumidores y usuarios.
- Las administraciones públicas señaladas en el artículo 2.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
¿Quién es productor de producto?
Los envasadores o los agentes económicos dedicados a la importación o adquisición en otros Estados miembros de la Unión Europea de productos envasados para su puesta en el mercado.
Cuando, en los productos envasados puestos en el mercado mediante marcas de distribución, no se identifique al productor de producto, ejercerá como tal el titular de la marca de distribución con sede en España bajo la cual se comercialice el producto.
De igual forma, en el caso de aquellos productos envasados por encargo de un tercero que actúa como responsable de su puesta en el mercado, ejercerá este último como productor de producto.
Cuando, en los productos envasados puestos en el mercado mediante marcas de distribución, no se identifique al productor de producto, ejercerá como tal el titular de la marca de distribución con sede en España bajo la cual se comercialice el producto.
De igual forma, en el caso de aquellos productos envasados por encargo de un tercero que actúa como responsable de su puesta en el mercado, ejercerá este último como productor de producto.
¿Cómo registrar una empresa de la UE o de terceros paises?
Para los casos en los que los productores de producto tengan su sede social en otro Estado miembro de la UE o en un tercer país fuera de la UE, estas personas jurídicas deberán realizar los siguientes pasos:
1. Obtener un NIF (Número de Identificación Fiscal) español.
Para el caso de persona jurídica extranjera este NIF comienza por la letra N y se debe solicitar en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) a través de un representante con un NIF o NIE español. Para más información buscar “Identificación de empresarios no establecidos” en la AEAT: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/noresidentes/iva-empresarios-profesionales-no-establecidos/identificacionempresarios-no-establecidos.html.
2. Obtener un certificado digital con el NIF obtenido en el paso anterior.
El certificado digital para personas jurídicas (certificado de representante) puede obtenerlo a través de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre: https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/certificado-de-representante/personajuridica.
1. Obtener un NIF (Número de Identificación Fiscal) español.
Para el caso de persona jurídica extranjera este NIF comienza por la letra N y se debe solicitar en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) a través de un representante con un NIF o NIE español. Para más información buscar “Identificación de empresarios no establecidos” en la AEAT: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/noresidentes/iva-empresarios-profesionales-no-establecidos/identificacionempresarios-no-establecidos.html.
2. Obtener un certificado digital con el NIF obtenido en el paso anterior.
El certificado digital para personas jurídicas (certificado de representante) puede obtenerlo a través de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre: https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/certificado-de-representante/personajuridica.
¿Qué pasa con las plataformas de comercio electrónico?
Cuando a través de las plataformas de comercio electrónico se introduzcan en el mercado productos envasados procedentes de fuera de España y el productor no haya designado representante autorizado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2, dicha plataforma actuará, subsidiariamente, como productor de producto a efectos de las obligaciones financieras y de información, así como organizativas cuando proceda, reguladas en este real decreto, respecto de esos envases.
¿Deben los productores no españoles designar un representante autorizado?
Sí. Los productores de productos que estén establecidos en otro Estado miembro o en terceros países y que comercialicen productos en España, deberán designar a una persona física o jurídica en territorio español como representante autorizado a efectos del cumplimiento de las obligaciones del productor del producto.
A efectos del seguimiento y la comprobación del cumplimiento de las obligaciones del productor del producto en relación con la responsabilidad ampliada del productor, las personas físicas o jurídicas designadas como representantes autorizados deberán disponer de la documentación acreditativa de la representación.
En el caso de que los productores de producto no hayan designado un representante autorizado en España, el primer distribuidor o comerciante del producto envasado con sede en España será, subsidiariamente, el sujeto responsable de las obligaciones establecidas para los productores de producto.
A efectos del seguimiento y la comprobación del cumplimiento de las obligaciones del productor del producto en relación con la responsabilidad ampliada del productor, las personas físicas o jurídicas designadas como representantes autorizados deberán disponer de la documentación acreditativa de la representación.
En el caso de que los productores de producto no hayan designado un representante autorizado en España, el primer distribuidor o comerciante del producto envasado con sede en España será, subsidiariamente, el sujeto responsable de las obligaciones establecidas para los productores de producto.
¿Cómo hay que inscribirse en el Registro de Productores?
La inscripción en el Registro de Productores de Producto (sección envases) se realizará a través de procedimiento electrónico albergado en la sede electrónica del MITERD (https://sede.miteco.gob.es/portal/site/seMITECO).
SUN REPACK realizará la gestión tras haber realizado los apoderamientos necesarios para realizar el trámite en nombre de la empresa.
SUN REPACK realizará la gestión tras haber realizado los apoderamientos necesarios para realizar el trámite en nombre de la empresa.
¿Cómo reportar las declaraciones?
SUN REPACK le explicará como realizar las declaraciones atendiendo a las necesidades de casa empresa.
¿En qué consiste el SCRAP de envases?
Las siglas SCRAP significan "Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor". Este sistema es una estrategia que busca promover la responsabilidad de los productores en la gestión de los residuos generados por sus productos, incluyendo los envases.
El SCRAP se basa en el principio de que los productores deben asumir la responsabilidad de los residuos que generan, desde su producción hasta su disposición final. Esto implica que los productores deben establecer mecanismos para la recolección, el reciclaje y la correcta gestión de los envases una vez que los consumidores los descarten.
Dentro del SCRAP, los productores o fabricantes deben implementar sistemas de recolección selectiva de envases, ya sea a través de programas propios o en colaboración con entidades especializadas. Además, deben garantizar que los envases recolectados sean gestionados adecuadamente, ya sea a través del reciclaje, la reutilización u otros procesos que minimicen su impacto ambiental.
El objetivo principal del SCRAP es fomentar la economía circular y reducir la cantidad de residuos generados por los envases, promoviendo su reciclaje y reutilización. Al hacer que los productores asuman la responsabilidad de la gestión de los envases, se busca incentivar la innovación en el diseño de productos más sostenibles y el desarrollo de sistemas eficientes de gestión de residuos.
Es importante destacar que el término SCRAP puede tener otros significados en diferentes contextos, pero en el ámbito de la gestión de envases, se refiere al "Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor.
El SCRAP se basa en el principio de que los productores deben asumir la responsabilidad de los residuos que generan, desde su producción hasta su disposición final. Esto implica que los productores deben establecer mecanismos para la recolección, el reciclaje y la correcta gestión de los envases una vez que los consumidores los descarten.
Dentro del SCRAP, los productores o fabricantes deben implementar sistemas de recolección selectiva de envases, ya sea a través de programas propios o en colaboración con entidades especializadas. Además, deben garantizar que los envases recolectados sean gestionados adecuadamente, ya sea a través del reciclaje, la reutilización u otros procesos que minimicen su impacto ambiental.
El objetivo principal del SCRAP es fomentar la economía circular y reducir la cantidad de residuos generados por los envases, promoviendo su reciclaje y reutilización. Al hacer que los productores asuman la responsabilidad de la gestión de los envases, se busca incentivar la innovación en el diseño de productos más sostenibles y el desarrollo de sistemas eficientes de gestión de residuos.
Es importante destacar que el término SCRAP puede tener otros significados en diferentes contextos, pero en el ámbito de la gestión de envases, se refiere al "Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor.