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APROBADO EL REGLAMENTO EUROPEO DE ENVASES Y RESIDUOS DE ENVASES
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APROBADO EL REGLAMENTO EUROPEO DE ENVASES Y RESIDUOS DE ENVASES
07/02/2025

APROBADO EL REGLAMENTO EUROPEO DE ENVASES Y RESIDUOS DE ENVASES

El pasado 22 de enero de 2025, se publicó en el Boletín Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases, por el que se modifican el Reglamento (UE) 2019/1020 y la Directiva (UE) 2019/904 y se deroga la Directiva 94/62/CE.

Al tratarse de un reglamento, en lugar de una directiva, una vez aprobado entra automáticamente en vigor y es de aplicación directa en todos los estados miembros de la UE.
Todas las medidas y obligaciones que en el mismo se recogen serán aplicables a partir del 12 de agosto de 2026.


Los puntos más relevantes del reglamento a destacar son:
  1. Establece los requisitos para la totalidad del ciclo de vida de los envases en referencia a la sostenibilidad y el etiquetado e información medioambientales.
  2. Establece los requisitos relativos a la responsabilidad ampliada del productor y por tanto a la prevención de los residuos de envases.
  3. Aplica a todos los materiales de envases.
  4. Contribuye al funcionamiento eficiente del mercado interior al armonizar las medidas nacionales sobre los envases y residuos de envases con el fin de evitar los obstáculos comerciales, los falseamientos y las restricciones de la competencia dentro de la Unión.
  5. Contribuye a la transición hacia la economía circular y a la consecución de la neutralidad climática en 2050 a más tardar, según lo previsto en el Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento Europeo y del Consejo, estableciendo las medidas conformes con la jerarquía de residuos con arreglo al artículo 4 de la Directiva 2008/98/CE

También se incluyen algunas prohibiciones a:
  1. Ciertos tipos de envases de plástico de un solo uso a partir del 1 de enero de 2030, entre los que se incluyen los envases que contienen frutas y verduras frescas, los sobres y demás envases monodosis, así como algunos tipos de bolsas de plástico.
  2. Envases que contienen “sustancias químicas persistentes” como las sustancias alquiladas perfluoradas y polifluoradas o PFAS, por encima de determinados umbrales y que están en contacto con los alimentos.

Durante los próximos meses se espera la publicación de los diferentes actos de ejecución por parte de la Comisión Europea referente con la finalidad de:
  • Establecer las etiquetas armonizadas y las especificaciones para los requisitos y formatos de etiquetado de los contenedores a que se refiere el artículo 12, apartado 1 del Reglamento (UE) 2025/40.
  • Establecer una metodología para la determinación de la composición de materiales de los envases mediante tecnologías de marcado digitales normalizadas y abiertas, también para envases compuestos y componentes integrados o separados del envase.
  • Identificar sustancias preocupantes mediante tecnologías digitales normalizadas y abiertas, con inclusión, como mínimo, del nombre y de la concentración de la sustancia preocupante presente en cada material de una unidad de envase. Los envases introducidos en el mercado que contengan sustancias preocupantes se marcarán con las tecnologías a que se refiere el párrafo primero.

En definitiva, el Reglamento (UE) 2025/40 incluye novedades en cuanto a objetivos y restricciones de los envases que con el tiempo se pondrán en práctica.

Desde el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico  (MITECO) han manifestado que elaboraran un nuevo Real Decreto sobre envases en el que se contemplen todas las medidas y disposiciones recogidas en el Reglamento (UE) 2025/40.

Desde SUN REPACK estaremos a la disposición de resolver las cuestiones de las empresas adheridas al sistema, así como de aquellas que tengan interés y estén afectadas por la normativa referente a los envases y los residuos de estos.
 

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